Tendrá la atribución de ser el administrador superior de cada región debiendo velar por el desarrollo social, cultural y económico y vendrá a reemplazar a los actuales intendentes. En tanto, los actuales gobernadores serán sustituidos por la figura de delegados provinciales que serán designados por el Presidente de la República.

En la crucial elección de este 15 y 16 de mayo, se votarán cuatro cargos: los convencionales constituyentes que escribirán la nueva Carta Magna; los concejales y alcaldes, y por primera vez en la historia, los gobernadores regionales. Estos últimos serán elegidos por mayoría simple, es decir al menos el 40% de los votos válidamente emitidos (excluyendo nulos y blancos). Si hay más de dos candidatos y ninguno logra el porcentaje, se realizará una segunda vuelta entre los dos más votados. 

El cargo de gobernador regional tendrá una duración de cuatro años, pudiendo ser reelectos solo una vez. Los consejeros regionales que lo acompañarán en sus funciones e se elegirán en noviembre junto con las elecciones presidenciales y parlamentarios, para así no afectar la duración del cargo de los consejeros electos en 2017. De esta manera, quienes sean electos consejeros en esos comicios estarán en el cargo sólo por 3 años, para hacer coincidir la siguiente elección de estos cargos, con los comicios de Gobernador Regional y Municipales de octubre de 2024.

Pero ¿cuáles serán las funciones del nuevo gobernador?

  • Formular políticas de desarrollo de la región, considerando las políticas y planes comunales respectivos.
  • Someter al consejo regional las políticas, estrategias y proyectos de planes regionales de desarrollo y sus modificaciones.
  • Someter al consejo regional el proyecto de presupuesto del respectivo gobierno regional.
  • Representar judicial y extrajudicialmente al gobierno regional, pudiendo ejecutar los actos y celebrar los contratos de su competencia o los que le encomiende el consejo.
  • Nombrar y remover a los funcionarios que la ley determine como de su confianza.
  • Velar por el cumplimiento de las normas sobre probidad administrativa.
  • Coordinar, supervigilar o fiscalizar, según corresponda, a los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional respectivo.
  • Promulgar, previo acuerdo del consejo regional, el plan regional de ordenamiento territorial, los planes reguladores metropolitanos e intercomunales, comunales y seccionales y los planos de detalle de planes reguladores intercomunales.
  • Presidir el Consejo Regional (CORE).

En la Región Metropolitana, para esta elección se presentan ocho candidatos. Revisa los programas de cada uno para votar informado:

CANDIDATO(A) PACTO PARTIDO PROGRAMA
Catalina Parot Chile Vamos Evolución política Descargar archivo aquí
Claudio Orrego Unidad Constituyente Partido Demócrata Cristiano Descargar archivo aquí
Fresia Quilodran Partido Unión Patriótica Unión Patriótica Descargar archivo aquí
Karina Oliva Frente Amplio Comunes Descargar archivo aquí
Nathalie Joignant Ecologistas e Independientes Partido Ecologista Verde Descargar archivo aquí
Pablo Maltes Humanicemos Chile Partido Humanista Descargar archivo aquí
Rojo Edwards Republicanos Partido Republicano de Chile Descargar archivo aquí
Ricardo Martínez Regionalistas Verdes Federación Regionalista Verde Social Descargar archivo aquí

Recomendaciones
Recuerda que tienes que marca una sola preferencia por papeleta. Por medidas sanitarias producto del COVID19, ten presente también llevar tu lápiz pasta azul, tu carnet de identidad o pasaporte (se aceptarán documentos vencidos los años 2020 y 2021) y seguir las medidas de uso de mascarilla, alcohol gel y distancia mínima de un metro con las otras personas.

Los locales de votación estarán abiertos ambos días entre 8.00 y 18.00 horas, priorizándose a mujeres embarazadas, personas con discapacidad y mayores de 60 años. La recomendación del Servel es que estos grupos acudan a votar el sábado entre 14.00 y 18.00 horas para evitar aglomeraciones.

¿Qué funciones tendrá el delegado presidencial regional?
La Ley Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional establece entre otras funciones:

  • Dirigir las tareas de gobierno interior en la región, de conformidad con las orientaciones, órdenes e instrucciones que le imparta el Presidente de la República directamente o a través del Ministerio del Interior.
  • Velar porque en el territorio de su jurisdicción se respete la tranquilidad, orden público y resguardo de las personas y bienes.
  • Requerir el auxilio de la fuerza pública en el territorio de su jurisdicción, en conformidad a la ley.
  • Mantener permanentemente informado al Presidente de la República sobre el cumplimiento de las funciones del gobierno interior en la región.
  • Efectuar denuncias o presentar requerimientos a los tribunales de justicia, conforme a las disposiciones legales pertinentes.
  • Ejercer la coordinación, fiscalización o supervigilancia de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de la función administrativa, que operen en la región, y que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio.
  • Proponer al Presidente de la República una terna para la designación de los secretarios regionales ministeriales.
  • Adoptar todas las medidas necesarias para prevenir y enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe.
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